Constitución de Costa Rica
Artículo 2 «Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”.
Otra legislación aplicable
- Ley de Bancos. Decreto Legislativo N. 697.
- Ley de regulación de los Servicios de Información sobre el Historial de Crédito de las Personas . Decreto Legislativo nº 695, de 27 /07/2011.
- Ley Protección al Consumidor. Decreto Legislativo Nº 166. 08/09/2005.
- Ley Telecomunicaciones y Energía. Decreto Legislativo nº 142. 6/11/1997.
- Código Penal. Decreto Legislativo 1030. 26/04/1997.
- Reglamento General de Ley Penitenciaria.