La nueva figura del Relator de la privacidad en las relaciones internacionales

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Por Romina Florencia Cabrera 

La tradicional concepción de los Derechos Humanos, consideraba a los mismos con la característica de Indivisibles, como lo señalaba la Convención de Viena.  Por ejemplo, como comentó el Profesor  Dr. Fabián Omar Salvioli (actual Presidente del Comité de DDHH de la ONU) en una Conferencia que brindó en la UNLP, para encuadrar el reclamo de un derecho que abarcaba los Derechos Económicos, Sociales y Culturales dentro del Pacto de los Derechos Civiles y Políticos, había que elaborar estrategias muy delicadas para llevar a cabo técnica y materialmente la satisfacción de esa situación de vulnerabilidad de la dignidad humana.

Hoy el Comité de DDHH, que observa el Pacto de los Derechos Civiles y Políticos, tiene en cuanta el criterio de que los DDHH se relacionan entre sí, y de esta manera se puede avanzar aún más en la promoción de los mismos y en las acciones que llevan a la impartición de una Justicia y el logro de una Igualdad Estructural, Real, entre todos los seres humanos que habitamos este planeta.

El Comité de Derechos Humanos («CCPR» en la nomenclatura de la ONU) es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) por sus Estados Partes, así como la abolición de la pena de muerte establecida por el Segundo Protocolo Facultativo por los Estados parte del mismo.[1]

La Libertad de Expresión es un derecho íntimamamente relacionado con el Derecho a la Intimidad, Privacidad, Protección de Datos Personales, al honor, a la Información y a la Libertad de Asociación y Reunión.

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU acaba de aprobar una resolución que se nombra a un nuevo Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la privacidad: es la elevación de la importancia de este derecho. En Asia, los Principios de Manila de  la Responsabilidad de los Intermediarios se pusieron en marcha. Acontecimientos sobre la reforma del derecho de autor, mercado único digital y neutralidad de la red se están moviendo a un ritmo más rápido en Europa, mientras que muchas actualizaciones también están llevando a cabo a nivel mundial sobre el comercio electrónico, la ciberseguridad y la arquitectura global IG. [2]

CON RESPECTO AL RELATOR DE LA PRIVACIDAD DE LA ONU

El principal organismo de Derechos Humanos de la ONU, el Consejo de Derechos Humanos, ha aprobado  una resolución histórica a favor de nombrar un experto independiente sobre el derecho a la privacidad. Por primera vez en la historia de la ONU, un individuo será designado para vigilar, investigar e informar sobre cuestiones de privacidad y presuntas violaciones de los Estados en todo el mundo.

La resolución, que nombra a un Relator Especial sobre el derecho a la privacidad por un período inicial de tres años, fue encabezado por Alemania y Brasil, dos países que han demostrado un compromiso sostenido para mejorar las protecciones de la privacidad en las Naciones Unidas, especialmente en los últimos dos años donde cuestiones de vigilancia estatal han dominado los titulares de todo el mundo. Más de 60 Estados copatrocinaron la resolución, incluyendo a países de África, Asia, América Latina y Europa.

A pesar del consenso alcanzado, la aprobación de la resolución llega después de meses de intensas negociaciones. El poder de establecer un Relator Especial es uno de los más importantes que tiene el Consejo de Derechos Humanos, y la decisión del Consejo para establecer esta función confirma aún más la importancia de la privacidad como un derecho humano.

El despliegue de vigilancia y censura en Internet durante la primavera árabe puso al tema de la vigilancia estatal bajo la lupa de la ONU hace casi cinco años. Desde entonces, las revelaciones de las prácticas de vigilancia de los organismos policiales y de inteligencia han suscitado debates internacionales, lo que provocó solicitudes para reformar las leyes y políticas nacionales. Más allá de la vigilancia digital, la capacidad de los Estados y las empresas para recoger, almacenar, analizar y compartir los datos personales sigue aumentando, y esto ha contribuido al impulsar las demandas de un Relator Especial dedicado a la privacidad.

El Relator Especial será el líder intelectual y la voz autorizada a nivel mundial sobre el derecho a la privacidad en todo el mundo. La resolución le da al individuo un amplio mandato de promover el respeto y la protección del derecho a la privacidad en todas las circunstancias, cuándo o cómo sea que se ejerza. Entre otras cosas, el titular del mandato supervisará el cumplimiento de los estados y de las empresas del respeto al derecho a la privacidad, investigará presuntas violaciónes, y formulará recomendaciones para garantizar que este derecho fundamental sea respetado y protegido.

Se espera que la persona elegida para ocupar el papel de Relator Especial sea nombrada en junio de 2015.[3]

En la era de la comunicación Digital, es imprescindible que los DDHH estén relacionados entre sí y más aún, en cuestiones de Privacidad, ya que la vida tanto personal como laboral transcurre en el mundo virtual de la Internet, sea para bien ( es innegable el avance tecnológico en la sociedad civilizada) como para un efecto negativo ( el aumento de conductas anti éticas y peligrosas en el universo digital, como también una extrema utilización de las Tics, Tecnologías de la Información y la Comunicación en la vida cotidiana).

Creo humildemente que la figura del Relator de la Privacidad, como lo fue en su momento la creación del Relator para la Libertad de Expresión, pueden contribuir positivamente a la promoción y defensa de los Derechos Humanos.

Privacidad es aquello que una persona lleva a cabo en un ámbito reservado (vedado a la gente en general). Un sujeto, por lo tanto, tiene derecho a mantener su privacidad fuera del alcance de otras personas, asegurándose la confidencialidad de sus cosas privadas. El derecho a la privacidad forma parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. [4]

Un avance importante en la actualización de los Nuevos Derechos y Garantías que van surgiendo en el Presente, previendo el Futuro, como también las Nuevas Amenazas que pueden vulnerar esos Derechos, exigen un fuerte compromiso y solidaridad entre Todos los Estados, fomentando una verdadera Cooperación Internacional para el Beneficio de la Humanidad en General.

Entre todos los esfuerzos conjuntos se pueden lograr cosas maravillosas para el bien común, y lograr una sociedad mas inclusiva, justa, equitativa, solidaria, democrática, y sobre todo, donde todos los individuos puedan gozar de la más amplia Libertad, en la máxima expresión de su Concepto.

[1] Sitio Web:
http://www.derechoshumanos.net/ONU/ComiteDerechosHumanos-CCPR.htm. Fecha de la Consulta: 12/4/2015.

[2] Sitio Web:
http://www.diplomacy.edu/calendar/webinar-internet-governance-march-2015 . Fecha de la Consulta: 12/4/2015.

[3] Sitio Web:
http://www.pressenza.com/es/2015/03/naciones-unidas-aprueba-la-creacion-de-un-relator-especial-para-el-derecho-a-la-privacidad/. Fecha de Consulta: 12/4/2015. Fuente: www.aparturadigital.org
Extracto del artículo publicado el 26 de marzo de 2015 por Privacy International.

[4] Lee todo en:
Definición de privacidad – Qué es, Significado y Concepto http://definicion.de/privacidad/#ixzz3X7XcDTMR.