Bolivia [OLD]

Bolivia

Constitución Política del Estado

Titulo Primero: Bases Fundamentales del Estado, Capitulo Tercero: Derechos Civiles y Políticos, Sección I: Decrechos Civiles. Artículo 21 «Las bolivianas y los bolivianos tienen los siguientes derechos: 2. a la privacidad, intimidad, honra, propia imagen y dignidad«.

Titulo IV: Garantías Jurisdccionales y Accioens de Defensa, Capitulo Segundo: Acciones de Defensa, Sección II: Acción de Protección de Privacidad.  Articulo 130 «I. Toda persona individual o colectiva que crea estar indebida o ilegalmente impedida de conocer, objetar la eliminación o rectificación de los datos registrados por cualquier medio físico, electrónico, magnético o informático, en archivos o bancos de datos públicos o privados, o que afecten a sud derecho fundamental a la intimidad y privacidad personal o familiar, o a su propia imagen, honra y reputación, podrá interponer la Acción de Protección de Privacidad. II. La acción de Protección de Privacidad no procederá para levantar el secreto en materia de prensa«.

Artículo 131 «I. La acción de Protección de Privacidad tendrá lugar de acuerdo con el procedimiento previsto para la acción de Amparo Constitucional. II. Si el tribunal o juez competente declara procedente la acción, ordenará la revelación, eliminación o rectificación de los datos cuyo registro fue impugnado. III. La decisión se elevará de oficio, en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional en el plazo de las veinticuatro horas siguientes a la emisión del fallo, sin que por ellos se suspenda la ejecución. IV. La decisión final que conceda la Acción de Protección de Privacidad será ejecutada inmediatamente y sin observación. En caso de resistencia se procederá de acuerdo con lo señalado en la Acción de Libertad. La autoridad judicial que no proceda conforme lo dispuesto por este artículo quedará sujeta a las sanciones previstas por la Ley«.

Otra legislación aplicable

  • Código Penal. Modificado por la Ley Nº 1768, de 10 de Marzo de 1997.
  • Ley Nº 28168 , de 18 de mayo de 2005. Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.