Constitución Política
Artículo 24 «Inviolabilidad de correspondencia, documentos y libros. Se garantiza el secreto de la correspondencia y de las comunicaciones telefónicas, radiofónicas, cablegrafícas y otros productos de la tecnología moderna”.
Artículo 31 «Acceso a archivos y registros estatales, así como a corrección, rectificación y actualización. Quedan prohibidos los registros y archivos de filiación política, excepto los propios de las autoridades electorales y de los partidos políticos”.
Otra legislación aplicable
- Ley de Acceso a la Información Pública de Guatemala. Decreto 57-2008.
- Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos. Decreto 33-1998.
- Ley de Protección al Consumidor y Usuario. Decreto 006-2003.
- Ley para el reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas. Decreto 47-2008.
- Código Penal. Decreto 17-1973.