Los Papeles de Panamá: más allá de paraísos fiscales y sociedades offshore

Por Lia P. Hernández Pérez

El pasado 3 de abril de 2016, se difundió un “estudio” del Consorcio Internacional de Periodistas (ICJ) , llamado “Panama Papers” que contenía unos cuantos millones de documentos filtrados de los sistemas informáticos de un prestigioso despacho de abogados de Panamá: Mossack Fonseca (MossFon).

MossFon es un despacho de abogado que basa su práctica privada en el derecho mercantil, principalmente en la constitución de sociedades offshore bajo la jurisdicción tanto de la República de Panamá como de otros países comúnmente considerados paraísos fiscales: Islas Virgenes Británicas, Luxemburgo, Liechistein, Delaware, etc.

Los 11.5 millones de documentos filtrados que equivale en términos informáticos aproximadamente 2.6 Terabytes de información fueron filtrados por un tercero anónimo que puso a disposición del ICJ y quienes a su vez publicaron y difundieron de manera masiva a través de todo medio de comunicación en línea, haciéndonos de conocimiento a todos de datos de carácter personal que fueron suministrados a MossFon en términos de una relación de confianza abogado-clientes.

La polémica sobre la mayor filtración de información de la historia se ha basado principalmente en el debate sobre si Panamá debe o no ser considerado paraíso fiscal y sobre su inmediata inclusión a la lista negra de organismos internacionales y países que consideran que nuestra legislación societaria, tributaria y fiscal atenta contra las seguridad jurídica de sus países; sin embargo, el debate ha olvidado las repercusiones que en cuanto a la protección de datos, privacidad, intimidad y delitos informáticos perjudica a los ciudadanos de nuestro país.

La Constitución Política de Panamá regula en sus artículos 29, 41, 42, 43, y 44 cuestiones relacionadas al secreto en las correspondencias, privacidad, intimidad y acceso a la información público, todo esto en leyes dispersas, pero Panamá no consagra en un único texto cuestiones que regulen la Protección de Datos de Carácter Personal. Es de nuestro  conocimiento que existe hace un par de años y gobiernos, un anteproyecto de Ley pero que no ha sido considerado prioridad por nuestros gobernantes.

La necesidad de una Ley de Protección de Datos Personales en Panamá, va más allá de que sucedan acontecimientos como el escándalo de Panama Papers y algunos otros, como la intromisión informática en sistemas estatales, llegando a difundir información proveniente de computadores y correos electrónicos de Ministros del Estado Panameño; que han sido el precedente para regular, legislar y crear centros contra incidencias informáticas a nivel gubernamental de manera urgente; qué sucederá luego de los Papeles de Panamá?

Esperemos que este acontecimiento llame la atención de nuestros gobernantes y de lo importante que es regular en la materia, y que dicha regulación beneficiará no sólo a los principios fundamentales del individuo como lo son, la privacidad, intimidad sino también al país que será visto por inversores extranjeros como un país totalmente seguro para invertir y establecer centros de datos de sus clientes, que actualmente no se hace por la carencia de dicha Ley.