Sonría, lo estamos filmando

camras_uy

Por Matías Jackson

Cada vez más se apuesta a la videovigilancia como medida de seguridad. En todos lados han proliferado las cámaras de diferentes tipos, que generan esa sensación de confianza de que todo lo que nos pueda pasar quede grabado.

Las cámaras se colocan hoy en día en todo tipo de lugares y situaciones: cines, supermercados, ministerios, la vía pública, clubes deportivos, y un largo etcétera.

La instalación de estas cámaras no es ajena al orden jurídico nacional. Los derechos de seguridad y privacidad se ven una vez más frente a frente por lo que se deben respetar ciertas pautas de conducta de las cuales veremos algunas a continuación.

La ley base del sistema es la ya conocida 18.331 de “Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data” (LPDP). Esto se debe a que la imagen de cada uno de nosotrosconstituye un dato personal. Las bases de datos que se crean con estas imágenes deben ser inscriptas en la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP). En caso contrario estaremos ante una base de datos ilegal (Artículo 6).

La colocación de cámaras de videograbación en lugares públicos debe ir acompañada por uno de los siguientes logos correspondientes a la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP) que indique que la base de datos ha sido debidamente registrada y quién es el titular de la misma, o sea ante quién podremos ejercer nuestros derechos (Resolución 989/2010). Esta persona es la responsable de cualquier violación a los derechos de terceros que se pueda realizar con esas grabaciones.

Logos VideovigilanciaCaptura de pantalla 2014-08-28 a la(s) 19.42.11

Los logotipos pueden descargarse gratuitamente de la página de la URCDP.

Cuando estemos en un lugar en el que hay cámaras funcionando y no se encuentra a la vista ninguno de estos logos que identifiquen claramente que estamos siendo filmados podremos hacer la denuncia ante la URCDP. Las denuncias pueden comenzarse de maneraonline por medio de la página www.datospersonales.gub.uy en la sección Información para ciudadanos/Denuncias. Recordemos que la Unidad tiene potestades sancionatorias que llegan hasta las 500.000 Unidades Indexadas (Artículo 35 LPDP).

Las excepciones a la aplicación de la ley de Protección de Datos Personales son las siguientes y resultan excluyentes de la obligación de colocación de los logos (Artículo 3 LPDP):

  • Las mantenidas por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.
  • Las que tengan por objeto la seguridad pública, la defensa, la seguridad del Estado y sus actividades en materia penal, investigación y represión del delito.
  • A las bases de datos creadas y reguladas por leyes especiales.

El primer punto, en lo que refiere a filmaciones se refiere a las que realizamos por ejemplo en un cumpleaños familiar.

El segundo punto es el que excluye de las disposiciones de la ley a las cámaras que instala el Ministerio del Interior en la vía pública o en las dependencias oficiales (Ministerios, Parlamentos, etc.).

En cuanto al tercer punto podría incluírse las filmaciones realizadas en espectáculos deportivos ya que existe una normativa especial que regula específicamente esas grabaciones.

Debemos recordar que en cualquier caso de instalación de las cámaras por parte de un particular se deben respetar los principios establecidos en la ley, principalmente elprincipio de finalidad según el cuál no se deben utilizar los datos (en este caso las imágenes) para cualquier otro fin que no fuera el que motivó su obtención.

Quiero destacar el Dictamen 19/2012, relativo a las cámaras de videovigilancia en un hogar para controlar a una niñera en el desempeño de sus tareas mientras los empleadores se encuentran fuera. Según el la URCDP no resulta necesario obtener expresamente el previo consentimiento del trabajador, pero sí debe notificársele y respetar los espacios privados, como el baño y/o vestuarios.

El tema de la privacidad y estás cámaras abarca mucho más de lo que se dijo en estas líneas pero queríamos dejar en claro que no es una materia sin regulación y en la cuál hay mucho que respetar.