La Globalización del Derecho al Olvido

global_doPor Juan Ignacio Zamora Montes de Oca

Hace algunos meses el Tribunal Europeo falló un caso (Costeja vrs. Google) en donde se pone en la palestra el derecho al olvido. Este fallo, que podría considerarse un tanto ridículo desde el punto de vista de la realidad en Internet, tiene su fundamento en  la interpretación que hizo el Tribunal de las normas de protección de datos en el sentido que los motores de búsqueda pueden ser obligados a eliminar enlaces de historias que son absolutamente ciertas.

Desde que se dio el fallo, Google Europa ha estado tratando de cumplir con las más de 150.000 solicitudes que ha recibido y ha procedido a retirar de su motor de búsquedas europeo la información solicitada en los casos que corresponde, buscando la manera de cumplir con la sentencia, todo con el fin de continuar proveyendo de sus servicios a los usuarios.

La solución de Google para cumplir con lo ordenado por el Tribunal ha sido que los resultados de búsqueda de Google Europa actualmente muestren un mensaje de que existen resultados que podrían haber sido eliminados.

Como parte de este proceso, una vez que Google comenzó a retirar las historias solicitadas, procedió a alertar a los sitios web donde se encontraban los enlaces originales de que estos estaban siendo removidos del motor de búsqueda. Los propietarios de estos sitios web no contestos con esta situación empezaron nuevamente a escribir sobre los enlaces eliminados, trayendo la noticia original de nuevo a la luz pública, haciendo las mismas nuevamente visibles.

Tratando de buscar una solución a esta ya de por sí difícil situación, los reguladores europeos han enlistado filas contra Google, Yahoo y Microsoft con el fin de discutir la posibilidad de que las remociones no fueran sólo a nivel europeo sino globales, y que los buscadores no informen a los sitios web de que han retirado los links de sus historias. Esta propuesta difícilmente será aceptada por las empresas buscadoras, pues la idea de que las autoridades europeas puedan dictar el cómo los motores de búsqueda en otras partes del mundo trabajan es bastante riesgoso.

En el momento en que tribunales y reguladores en un país piensen que pueden determinar cómo los sitios web funcionen en otros países, se generará un enorme problema jurisdiccional, así como también puede ser muy peligroso el permitir que los estados opresivos puedan reclamar ellos el derecho a dictar cómo funciona la web en países con legislaciones más abiertas.

El verdadero problema aquí ha sido la interpretación que hizo el Tribunal Europeo en el caso Costeja vrs. Google, pues esta abrió una posibilidad que presenta imposibilidades para ser cumplida a cabalidad. La idea de que la información pública que está ampliamente difundida en Internet pase a “eliminarse” es una afirmación bastante difícil de aceptar en estas épocas de Internet. Si a esto le sumamos las diferencias que existen a nivel global en cuanto a las legislaciones, lo que resulta es un asunto que más que aclarar vino a generar mayor incerteza jurídica entre los usuarios de la Internet.