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id-mailPor Philipe C. Bienvenue Martin del Campo

Constantemente venimos interactuando en el plano virtual sin una aparente identificación de los participantes, sin embargo existe una clara tendencia para Internet y otras herramientas de comunicación, por la cual precisamente los que interactuamos nos identifiquemos en los distintos medios de comunicación electrónicos que utilicemos.

Hasta aquí nada nuevo, incluso las recomendaciones internacionales nos llevan por ese camino, por la propia seguridad del comercio electrónico, y las reglas contra el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, todos o prácticamente todos expresan más o menos el mismo acuerdo de saber con certeza las partes que intervienen en un acto jurídico.

Ahora bien, quiero partir precisamente del elemento de la identificación como se da en el mundo del papel, a fin de llegar a la frontera del inmaterial que desarrollaremos en el presente documento, respecto de quienes participamos con las formas de comunicación alternativas, ahora principales que son los medios electrónicos.

La identidad[1] o identificación, valga la perogrullada corresponde a la forma en la que nos distinguimos los seres humanos y presentamos una particularidad que nos diferencia unos de otros[2]. Dicho concepto deriva sin lugar al de la personalidad y es una parte importante de la forma en la que iniciamos la génesis de los elementos esenciales de la contratación, ciudadanía, etc.

Al respecto cabe indicar que al principio cada uno determinaba la forma que utilizaría para diferenciarse de los demás, pudiendo ser rasgos físicos o elementos más elaborados como la propia creación de un nombre que a través de la historia familiar o árbol genealógico que se amalgamaba en distintas culturas haciendo un replique del nombre de ancestros/o linaje cercano como el padre o la mención de su descendencia, lugar de origen, etc.

Dicha noción actualmente deriva de la existencia fundamentalmente de documentos emitidos por autoridad del país al que pertenece la persona en cuestión, y pude ser un acta de nacimiento, pasaporte, licencia de manejo, documentos consulares o migratorios y un largo etcétera, que son la creación de documentos de identidad[i], los cuales toman distintos nombre: Cédula de Identidad (CI), Cédula de Ciudadanía (CC), Tarjeta de Identidad (TI), Registro Civil (RC), Cédula de Extranjería (CE), Carné de Identidad (CI), Documento Nacional de Identidad (DNI), Documento Único de Identidad(DUI), identificación oficial o simplemente identificación (ID), y otras denominaciones dependiendo de cada país.

Estos son documentos públicos que contienen datos de identificación personal emitidos por un empleado público con autoridad competente para permitir la identificación inequívoca de los ciudadanos, el cual puede o no incluir datos personales sensibles según cada jurisdicción, incluso pudiendo contener tecnologías imbuidas en los mismos como el español “Documento Nacional de Identidad” o DNIe[3] que sigue el estándar ISO-7816-1 y contiene además de la foto, firma otras biometrías un certificado de clave pública bajo un sistema de infraestructura de clave Pública (pki), el cual tiene como finalidad “garantizar electrónicamente la identidad del ciudadano al realizar una transacción electrónica y asegura que la comunicación electrónica se realiza con la persona que dice que es” y acreditar identidad en términos de la firma electrónica avanzada en firma electrónica reconocida, conforme a Ley 59/2003 y Directiva 1999/93/CE.

Cabe resaltar que uso del certificado indicado, no está habilitado en operaciones que requieran no repudiación. Su uso principal será para generar mensajes de autenticación (confirmación de la identidad) y de acceso seguro a sistemas informáticos (mediante establecimiento de canales privados y confidenciales con los prestadores de servicio).

Sin embargo, aún con la importancia que damos en “el mundo material” a los conceptos anteriores y a los documentos que así lo avalan en los distintos sistemas jurídicos, en nuestro universo digital es poco usado, aun cuando su importancia para los efectos jurídicos que produce es inmenso, las razones pueden derivar inicialmente de la propia connotación y creación de los protocolos de comunicación que se convirtieron en nuestra actual Internet, ya que en su ADN no se contemplaba la necesidad de conocer a quieres interactuaban, todos éramos solo “cibernautas” en el telón de la información.

No menos importante es la incorporación a la red de su connotación mercantil, la cual buscaba acercar los bienes y servicios policitados[4] a sus consumidores, y no solo eso, con el tiempo también inculcarnos la actual cultura del “Black Friday” y las diarias ventas en línea que importan montos proyectados para éste año de 1.5 trillones de dólares, cantidad que sigue creciendo exponencialmente.

Aunque parezca un contrasentido, ésta actividad comercial la sigue deteniendo una cierta desconfianza al respecto de los multicitados participantes o cibernautas de la red por la falta de identificación que se traduce en sinnúmero de ilícitos como fraudes, suplantación, robo y otros.

Sin entrar a profundidad respecto de lo que es un correo electrónico[5], diremos que es un “lugar” virtual en el que un suscriptor de una empresa de servicios en particular utiliza para que pueda enviar y recibir e interactuar con el mundo digital. Es finalmente un servicio privado por el que una persona se identifica en Internet, hace mucho dejé de desconfiar de una dirección de correo, y más si es de un gran proveedor como Google[6].

Pero como es posible considerar a ése lugar virtual como la identificación, consideremos que el correo electrónico es cada vez más utilizado para completar procesos de registro, comprueben la ejecución de alguna instrucción o simplemente sea el medio de vinculación para muy diversos efectos de interacción.

Podemos verlo en cualquier registro de servicio, donde además de nombre y domicilio, si aplica, requiere de la dirección virtual para los efectos indicados, ejemplos hay muchos en cualquiera de las páginas de los grandes almacenes virtuales como Amazon, o cadenas comerciales como Best Buy, pero además a las entidades de gobierno para la realización de trámites ya se ha vuelto obligatorio y no optativo, en consecuencia, sí es parte de nuestra identidad aun cuando solo tengamos un simple derecho de uso.

En conclusión, en un nuevo paradigma para el Derecho, la práctica en los medios electrónicos ha hecho que la identificación de las personas se realice mediante un contrato de prestación de servicios ante una entidad privada mediante la contratación del servicio de correo electrónico y a partir de ahí requerimos replantearnos en tema dentro del sistema jurídico.

Bibliografía

http://www.thefreedictionary.com/identity

www.merriam-webster.com/dictionary/identity

https://web.stanford.edu/…/What-is-Identity-as-we-now-use-the-word

[1] Del Latin “identitas” (in the sense ‘quality of being identical’) idem “same.”

[2] The distinct personality of an individual regarded as a persisting entity; individuality. The individual characteristics by which a person or thing is recognized. The characteristics determining who or what a person or thing is.

[3] http://www.dnielectronico.es/Guia_Basica/descrip_fisica.html

[4] Policitación. Ofecimiento sin un beneficiario determinado de un bien o un servicio y obligatorio para el oferente del mismo por un plazo cierto normalmente.

[5] http://es.wikipedia.org/wiki/Correo_electr%C3%B3nico

[6] http://es.wikipedia.org/wiki/Correo_electr%C3%B3nico

[i] http://es.wikipedia.org/wiki/Documento_de_identidad

Fuente de la imagen: VOCATU.