Administraciones públicas, Big Data y Open Data

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Por Laura Vivet Tañà

El concepto de Open Data

Big data se define por su tamaño y el Open data por su utilidad.

Open data es el concepto utilizado para los datos abiertos y accesibles al público, compañías y organizaciones que los pueden utilizar para lanzar nuevos productos o servicios, analizar patrones, tomar decisiones, etc.

La estrategia Open data, nació el año 2009 en Washington y se refiere a la posibilidad de que, el ciudadano acceda a los datos del gobierno que, antes solo eran analizados en el interior de las administraciones públicas. Actualmente el concepto se ha extendido a los países europeos a través de la Agenda Digital Europea y también a algunos países de la América Latina como Argentina, Colombia y Perú.

En el modelo Open data los datos deben ser accesibles a cualquier persona y se han de facilitar de modo que, permitan su utilización con fines comerciales o no comerciales. Estos datos han de ser accesibles de forma gratuita o a un coste mínimo.

Open data no solo se ha de referir a los datos de los gobiernos, también podría abrirse por parte de empresas de transporte, bibliotecas, universidades, museos, arte y cultura, consumo energético, geología, astronomía, temas de educación, etc. y se han de facilitar en un formato electrónico normalizado.

El uso avanzado de información de la administración se ha de construir sobre una base que permita, no solo mejorar la transparencia, eficiencia y eficacia de las Administraciones Públicas sino también, garantizar los derechos y garantías jurídicas de los ciudadanos.

Por este motivo, es importante revisar y adaptar la normativa jurídica vigente, teniendo en cuenta las características específicas de cada materia o archivo (datos históricos, datos de salud, antecedentes penales, etc.) y redefinir las relaciones con los ciudadanos y empresas y sus derechos.

Hay que tener en cuenta que, aunque la información relativa a una persona identificada o identificable esté a disposición del público, debe seguir estando protegida por la legislación sobre protección de datos, garantizando los derechos, libertades y dignidad de las personas interesadas.

Determinación sobre cómo se publican los datos:

La entidad pública deberá determinar en cada caso, si la información se facilita:

  • Sin incluir datos personales, por ejemplo, facilitando datos estadísticos, lo cual excluiría limitaciones referentes a la normativa de protección de datos como la necesidad de consentimiento, finalidad determinada, proporcionalidad, etc.
  • De forma anónima, en este caso, se deberá garantizar que se han empleado las técnicas y evaluaciones necesarias para evitar que estos datos puedan ser reidentificados. Se deberá evaluar y realizar pruebas sobre el riesgo de reidentificación reidentificaicón. Si el resultado de estas valoraciones no es positivo, la autoridad debería establecer limitaciones, de acuerdo con el apartado siguiente o bloquear su publicación.
  • Incluyendo datos personales, en este caso las garantías de protección de datos e intimidad de las personas resultan plenamente aplicables y por tanto se requerirá:

o      que la publicación de estos datos sea compatible con las finalidades determinadas en el momento de su recogida (evitar finalidades incompatibles, por ejemplo mensajes comerciales no solicitados, etc.).

o      Deberá existir una base jurídica sólida para la publicación (basada en el consentimiento del afectado o en el complimiento de una ley claramente definida con un objetivo legítimo).

o      la divulgación de estos datos ha de ser siempre necesaria y proporcionada al objetivo legítimo perseguido por la normativa.

o      Establecer condiciones específicas y salvaguardas para  su utilización.

La Administración deberá aplicar un criterio de prudencia antes de decidir cómo publicará la información ya que, una vez los datos se han puesto a disposición del público y son accesibles a través de internet, es muy difícil limitar su uso y garantizar le cumplimiento de las normas sobre protección de datos.

También convendrá revisar las normativas sectoriales y específicas, con el fin de evitar resultados incompatibilidades o contradicciones. Por ejemplo que, al relacionar datos publicados por la administración, con otros datos accesibles a través de internet, pueda resultar en finalidades incompatibles.

Principio de finalidad, proporcionalidad y minimización de datos

La limitación de la finalidad ha de estar siempre presente en el modelo de open data, para garantizar un tratamiento compatible con la recogida inicial.

Para la evaluación del tratamiento ulterior de los datos se tendrá en consideración:

  • La relación entre los fines para los que se recogieron los datos personales inicialmente y los fines de su tratamiento ulterior
  • El contexto en el que se recogieron estos datos y expectativas razonables de los interesados de su posterior uso
  • Naturaleza de los datos personales e impacto del tratamiento ulterior en los interesados
  • Medidas de salvaguardia para garantizar un tratamiento leal y evitar repercusiones indebidas al interesado.

Deberá aplicarse un principio de proporcionalidad y de minimización de datos, solo publicar los datos estrictamente necesarios para cumplir con una finalidad concreta y determinada.

También se deberá de tener en cuenta como se accede a estos datos y garantizar que los datos personales de los afectados quedan protegidos incluso si se trasladan a otros estados o países. Para ello deberán establecerse garantías adecuadas.

Evaluación e impacto de la protección de datos

Antes de que la administración pública decida abrir determinados archivos o información al público en base al concepto de Open Data deberá realizar previamente una evaluación de impacto de la protección de datos:

  • Servirá para evaluar los riesgos derivados de la apertura de esta información e impacto en la intimidad de los afectados, especialmente teniendo en cuenta que, la información incluso si se publica de forma anónima, puede llegar a identificar a una persona si se relaciona con otra información pública o disponible en internet.
  • Aplicar los principios de privacidad por diseño y por defecto.
  • Determinar en qué condiciones y garantías se puede permitir su utilización. Valorar el establecimiento de una licencia de uso que determine limitaciones en la utilización, así como responsabilidades y sanciones en caso de incumplimiento.
  • Fijar una base jurídica para su divulgación que establezca finalidades determinadas y actuaciones prohibidas.
  • Aplicación de los principios básicos de protección de datos: limitación de la finalidad, proporcionalidad, calidad, minimización de datos.
  • Escuchar a todas las partes interesadas y tenerlas en consideración, para poder equilibrar los riesgos en juego, antes de decidir la publicación de estos datos (autoridad pública titular de los datos, entidades privadas que interesa acceder a dichos datos y representantes del colectivo de personas afectadas).
  • Contar con el soporte y consejo de las autoridades de protección de datos.

También es importante que, se fomente la cooperación entre diferentes organizaciones públicas con el fin de que se compartan buenas prácticas y códigos de conducta relativos a la apertura de datos entre las diferentes entidades públicas, a nivel estatal, provincial o local.

Administraciones públicas y Big Data

El concepto de Big Data

A través del Big data se puede procesar no solo información obrante en varias Administraciones Públicas, otras empresas o terceros sino también, información disponible en Internet sin protección (por ejemplo, redes sociales, blogs, foros, webs…), este tratamiento puede tener una especial relevancia en las actuaciones inspectoras de la administración, actuaciones policiales, en el control de subvenciones, prestaciones por bajas médicas, subsidios de desempleo, etc.

Principios básicos

Por todo ello, el uso del Big Data en el ámbito de la administración ha de configurarse sobre un principio de transparencia más elevado pues mucha información que se obtenga podrá provenir de terceros o sin el conocimiento del afectado.

En el tratamiento de esta información es importante tener presentes los derechos básicos del ciudadano en materia de protección de datos basados en el consentimiento para el tratamiento de datos, el principio de finalidad y en los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición. Y todo ello, sin olvidar un derecho de indemnización a favor del afectado en caso de que, la actuación de la administración haya vulnerado dichos principios y con ello haya causado daños y perjuicios que deban ser reparados.

El derecho de los ciudadanos a resarcirse de los daños y perjuicios causados por un defectuoso tratamiento o vulneración de los procedimientos y garantías básicas por parte de la administración, puede ayudar a conseguir un mejor equilibrio y funcionamiento del sistema, en el sentido de que, la administración no se verá tentada a tratar información de forma indiscriminada y a basar sus decisiones estrictamente en un tratamiento automatizado. No obstante, para su efectividad es necesario que el acceso de los ciudadanos a este resarcimiento no se vea desnaturalizado por procedimientos demasiado burocráticos y costosos.

Adopción de decisiones basadas en el Big Data

Si la administración pública desea adoptar decisiones basadas en información que no ha sido facilitada por el propio usuario hay que preguntarse donde se sitúan los límites ya que, esta información podría traer graves consecuencias contra el usuario (por ejemplo, inicio de una actuación inspectora) y estas consecuencias podría tener su origen en información falsa, incorrecta u obsoleta.

En este sentido, se podría valorar un sistema que estableciera una serie de garantías, por ejemplo:

  • Antes de recabar información que no ha sido facilitada por el propio usuario, es necesario solicitar el consentimiento del afectado. Igualmente este consentimiento sería necesario para la utilización de los datos para nuevas finalidades.
  • limitación en las finalidades, esta información solamente se puede utilizar por determinados sujetos y para finalidades concretas “numerus clausus”.
  • En relación a datos de salud (o datos sensibles en general) exigir la adopción de medidas más estrictas, consentimiento reforzado y relevancia para su tratamiento.
  • calidad en los datos (completos, actualizados y exactos), no se pueden recabar datos de forma indiscriminada sino, los que son relevantes para la concreta finalidad que han de cumplir.
  • Un importante derecho de acceso y rectificación, incluyendo un procedimiento para permitir al usuario poner en duda la información de que dispone la entidad cuando no es correcta, y permitir rectificarla. Todo ello, con carácter previo a que se pueda utilizar esta información para evaluar al sujeto. Igualmente, el afectado ha de disponer de un derecho de acceso a obtener esta información siempre que lo interese, de forma fácil y accesible.  Este derecho de acceso debería permitir conocer el origen de la información para facilitar un mejor control sobre los propios datos. En el caso de las administraciones públicas el derecho de acceso debería facilitarse de forma gratuita.
  • Igualmente las administraciones deberían hacer accesibles los criterios en base a los cuales adoptan decisiones basadas en esta información.
  • Transparencia y “accountability”: la actuación de las administraciones públicas deberá estar gobernada por un principio de transparencia y sujetas a una obligación de responsabilidad de sus actuaciones y debiendo rendir cuentas frente los ciudadanos.

El respeto a los derechos de privacidad e intimidad de las personas, a la libertad de expresión y el derecho a la legítima defensa no deben verse mermados por la utilización del Big Data en la administración pública puesto que, su finalidad es servir a sus ciudadanos, regular y mejorar el buen funcionamiento de la sociedad, no convertirse en un estado policial o en un Big Brother.

Big data y Smart Cities

El Big Data también puede contribuir al desarrollo de “Smart cities” ciudades inteligentes, basadas en un modelo de sostenibilidad y eficiencia respondiendo a las necesidades básicas de sus habitantes, instituciones y empresas. Por ejemplo:

  • Contribuir a una gestión más eficiente y sostenible de los recursos naturales. Crear patrones de consumo que permitan mejorar la planificación y utilización de las energías alternativas, promoviendo la sostenibilidad y el ahorro. Por ejemplo, con una gestión eficiente del alumbrado público, solo en las horas que no hay luz natural.
  • Fomentar la participación ciudadana para conocer sus necesidades y mejorar los servicios. También para permitir valorar los servicios o denunciar situaciones de forma fácil y ágil, a través de Internet o mediante aplicaciones móviles y de este modo, poder obtener una solución más rápida y eficaz.
  • Contribuir en una planificación más eficaz del transporte público a partir de múltiples sensores ubicados estratégicamente y de dispositivos móviles de los ciudadanos, también mejorar la gestión de aparcamientos, evitar retenciones y mejorar la circulación.
  • Mejorar y optimizar las redes de telecomunicaciones garantizando su continuidad y calidad.
  • Utilización de sensores en los trenes para detectar actividad sísmica y en caso de advertir una actividad inusual, enviar una mensaje para desactivar los trenes. Este sistema ya se está utilizando en los trenes de alta velocidad de Japón.
  • Mejorar la calidad de vida y medio ambiente a mediante sensores de polución (mejorar la calidad del aire con reducción de emisiones de CO2, del agua, ruido, residuos, espacios públicos, etc.)
  • Mejorar la eficiencia energética en edificios públicos y privados (organizaciones públicas, universidades, escuelas, etc.).
  • Optimizar los recursos destinados a la salud pública: Muchos seguimientos de pacientes podrían realizarse sin que éste acudiera físicamente al centro médico, ayudando de este modo a descongestionar las consultas. Por ejemplo, utilizando sensores que permitan monitorizar la presión arterial y signos vitales de los pacientes, y enviando esta información de forma inalámbrica a los profesionales sanitarios.
  • Gestión eficiente de residuos y reducción de emisiones, contaminantes, etc.
  • Desarrollo de redes inteligentes (Smart grid) que permitan el control del consumo energético, lectura de datos en tiempo real (mediante “Smart meters” o medidores inteligentes), facturación automática y facilitar acceso a los ciudadanos de aquella información que pueda servir para el ahorro, eficiencia y mejora (facilitando el acceso al ciudadano sobre los datos de su consumo energético, permitiendo que los pueda gestionar, visualizar por internet, ver estadísticas sobre su consumo y solicitar cambios de consumos y tarifas; reduciendo el tiempo de solución de averías y reclamaciones)

La información, tal como se ha indicado, no solamente ha de ser accesible y gestionada por las administraciones públicas sino que, es importante mejorar y fortalecer el concepto de “open government” ya que, de otro modo se produciría un desequilibrio antidemocrático pues, muchos de estos datos provienen justamente de los mismos ciudadanos.