¿Estoy enviando SPAM ilegal en redes sociales?

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Por Alberto Cuesta Ureña

Las tarjetas de visita entre profesionales se siguen intercambiando pero en menor medida que las solicitudes de amistad en redes sociales. Este fenómeno ha provocado que surjan dudas sobre la legalidad al enviar mensajes publicitarios a través de las mismas aprovechando esta nueva forma de permanecer en contacto.

La jurisprudencia hace más de un lustro que permite el envío de publicidad de sus empresas cuando dos personas han intercambiado sus tarjetas profesionales.

Pero, ¿qué ocurre en el mundo virtual? ¿por ejemplo con Facebook o Linkedin?. Debemos partir de la base que un mensaje publicitario debe de ser consentido por el receptor y atender a las normas propias de la red.

 Las cláusulas de Facebook permiten el envío de publicidad, pero no podremos enviarla a nuestros amigos puesto que aceptaron nuestra amistad con otro fin. Deberemos crear una “fanpage” informando que publicitaremos nuestros negocio para que los usuarios de Facebook que clicken “Me Gusta” conozcan que recibirán inputs publicitarios en su muro. Por tanto, con esa información previa el usuario estará consintiendo el envío de mensajes.

Por su parte, las normas de Linkedin desde un inicio prohíben el uso de mensajes publicitarios al tratarse de una red meramente profesional:

Algunos de estos comportamientos inapropiados pueden ir desde un mensaje no deseado hasta campañas deliberadas de spam. Sea cual fuere su volumen, LinkedIn es una red profesional de facilitación de contactos y esperamos que el contenido de nuestros miembros sea siempre profesional 

Estas dos redes son meros ejemplos del cuidado que debemos tener en el uso indiscriminado de agresivas técnicas de marketing online (mailings, recopilación de información personal de internet, etc.). Sin una observación adecuada de las normas legales podemos exponernos a sanciones económicas que sobrepasan las cuatros cifras y pueden poner en riesgo la viabilidad de nuestro negocio.