Empresas, a registrar sus bases de datos personales en Colombia

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Comparto con ustedes, una corta columna que escribí para el Diario Occidente

Desde que se expidió la ley de Protección de Datos Personales –Ley 1581 de 2012, las entidades sin importar su tamaño o naturaleza, han tenido que adoptar las medidas necesarias y conducentes a generar mecanismos de protección y seguridad de los datos personales que tienen en su posesión, ya sea de proveedores, clientes o empleados, así como incorporar políticas internas de protección de datos personales.

Posterior a esta ley, se expedio el Decreto 1377 de 2013, que reglamento parcialmente la ley mencionada, en lo concerniente en las políticas de tratamiento de la información, aviso de privacidad, ejercicio de los derechos de los titulares, así como la responsabilidad demostrada frente al tratamiento de datos personales.

Sin embargo, la semana pasada se promulgo el Decreto 886 de 2014, el cual reglamenta la inscripción de la bases de datos personales ante la superintendencia de industria y comercio, esta inscripción se debe realizar  con cada una de las bases que contengan datos personales sujetos a tratamiento.

Plazo de Inscripción

La norma no estableció un término en concreto, de hecho, consagra que el responsable del tratamiento deberá inscribir sus bases de datos dentro del año siguiente a la fecha en la que la superintendencia de industria y comercio habilite dicho registro, y esta última, no ha establecido fecha aún.
Pero, después de que establezca el plazo, las bases de datos que se creen con posterioridad deberán inscribirse dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de su creación.

Por ahora, las empresas deben ir teniendo las recomendaciones establecidas en el presente decreto, así como la fecha que la superintendencia establezca para dicho fin. Recuerde que las sanciones por incumplimiento de esta ley, va hasta 1200 millones de pesos.