A propósito de las próximas elecciones ¿dónde queda el Derecho al Habeas Data?

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Por Heidy Balanta

Es común por estos días recibir llamadas, mensajes de textos al celular vía Whatsapp, Facebook, Twitter, o correo electrónico, invitándonos a votar por candidatos al Congreso de la República. Sin embargo, nos preguntamos, ¿cuándo di mis datos de contacto?, o ¿cuándo autoricé el uso de envío de publicidad?, ¿cómo obtuvieron mis datos?

Todas estas preguntas que nos hacemos, obedece a un derecho fundamental que tenemos, llamado Habeas Data, y consiste en la facultad de conocer, autorizar, actualizar y rectificar la información que hayan recogido sobre nosotros en bases de datos o en archivos. Este derecho, tiene dos leyes, una conocida como habeas data financiero, Ley 1266 de 2008, que en resumen es la información crediticia y financiera que recopilan sobre nosotros, y otra es el habeas data general, que la regula a través de la Ley 1581 de 2012, la cual establece que cualquier persona o entidad que desee obtener información personal de otra persona debe solicitar su autorización e informarle la finalidad de la recolección de los datos, entre otros deberes.

Las redes sociales visibilizan la violación al Habeas Data

No obstante, el desconocimiento por parte de los políticos abunda. Recientemente, la Superintendencia de Industria y Comercio, formuló Pliego de cargos contra el candidato al Senado José Francisco García Calume, precisamente por utilizar un formulario para recolección de información personal. La denuncia fue presentada por el Defensor del Pueblo, debido a que se publicó en las redes sociales una foto del formulario que estaba utilizando el candidato para recolectar los datos.

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El siguiente tweet deja entrever que se utilizan aplicaciones móviles y de mensajería instantánea como Whatsapp para enviar información de los candidatos, poniendo en evidencia la desinformación por parte de los mismos líderes políticos, como por ejemplo la ignorancia de la candidata a la Cámara de Representantes Pilar Hernández, quien a través de un tweet se justificó sobre la recolección de datos personales, alegando que la información enviada es por referidos de amigos interesados en esta. Por supuesto, no tiene ninguna base legal esta respuesta y puede llevar a sanciones por parte de la superintendencia.

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En otro tweet un usuario manifestó, que le llegó a su correo electrónico un video de Juan Manuel Galán sobre su campaña política al Senado. La señora indignada, preguntó si es valido que le llegue a su correo este tipo de información

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Por último, el ex vicepresidente Francisco Santos, publicó un tweet en contra de la candidata a la Cámara de Representantes, Ángela Robledo, expresando que violó la ley de Habeas Data, al enviar sin autorización mensajes de texto a los usuarios. La candidata le respondió diciendo que sí respeta la Ley de habeas data, refiriendo en su página web la política de protección de datos personales.

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Los políticos desconocen profundamente esta Ley. En su afán de conseguir votos, despliegan cualquier tipo de estrategias y artimañas para recolectar información, sin saber que les puede salir muy caro. Las multas por la violación del derecho al Habeas Data llegan hasta 2000 SMLMV, esto equivale aproximadamente a 1232 millones de pesos.