Aportes del CPDP a la Ley Modelo de Protección de Datos

ley_modelo_iberoamricaPor Agustina Callegari

El Centro de Protección de Datos Personales de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPDP) presentó ante la Red Iberoamericana de Protección de Datos Personales (RIPD) un documento con aportes en materia de protección de datos personales y privacidad. Se busca que el mismo sea tenido en cuenta en el debate sobre la Ley Modelo de Protección de Datos, promovido por Organización de los Estados Americanos (OEA).

El texto realizado por el CPDP será presentado por la RIPD al Comité Jurídico Interamericano, cuerpo consultivo en asuntos jurídicos de la OEA, durante el Octogésimo Cuarto Periodo Ordinario de sesiones que se llevará a cabo del 10 al 14 de marzo. Durante la reunión el tema de la protección de datos personales y la elaboración del proyecto de Ley Modelo, estará a cargo del relator, David P. Stewart. El objetivo de la iniciativa es proporcionar a los países miembros de la OEA un documento de referencia y valor a la hora de generar sus mecanismos de protección de datos personales.

El debate en torno a la sanción de una Ley Modelo en la materia fue introducido por la OEA durante el Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos Personales, celebrado el pasado octubre en Cartagena de Indias, Colombia. En dicha ocasión, el CPDP estuvo presente y manifestó su intención de enviar aportes.

El documento, firmado por el Director del CPDP, Eduardo Peduto, está compuesto por 8 puntos que se relacionan directamente con los problemas y obstáculos diarios. Se aclara que el mismo no busca ser un ser un aporte académico y ni tampoco agotar todos los puntos en torno al tema. Así, se hace referencia a la importancia de conceptualizar a la protección de datos personales como un derecho humano fundamental y de garantizar el ejercicio de este derecho a través de procedimientos simples y de bajo costo. La relación y la tensión entre el derecho a la protección de datos y el acceso a la información pública por un lado, y con la libertad de expresión por el otro, también se encuentran incluidos dentro de los temas. Asimismo, se aborda el derecho a la privacidad en Internet y la necesidad de que se reconozcan las recomendaciones y las decisiones de los organismos encargados en la protección de datos personales en cada país y región. En este punto, quizas uno de los más importates, el documento señala que: “resulta innecesario la existencia de una decisión judicial para lograr la baja de un contenido publicado en Internet ya que las diferentes autoridades de aplicación o control creados para dar protección al derecho de la protección de datos otorgan las garantías legales necesarias para que se lleve a cabo dicha acción”. Otro de los ejes relevantes hace hincapié en la necesidad de poner limites respecto a los programas de vigilancia, por su claro impacto en la información personal de los ciudadanos de todo el mundo.

Hasta el momento, la OEA ha abarcado conjuntamente el derecho a la protección de datos personales como el de acceso a al información pública. Actualmente existe una Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información Pública por lo que se espera que este proyecto completé este marco jurídico. Una vez finalizada la sesión, el documento marco elaborado por el Comité será enviado a la Asamblea General de la OEA para dar curso a su posterior tratamiento y adopción.