Mi web, mi blog ¿y eso de la LOPD y la LSSI?

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Por Alberto Cuesta Ureña

Hoy día somos muchos los que nos hemos atrevido a crear un blog o una web y difundirla públicamente en internet. Como hobby, negocio, labor social, etc…son distintos los motivos, pero el hecho cierto es que anhelamos que nuestro mensaje arribe a otras personas por medio de la red.

Si bien, hoy en día es una tarea sencilla elaborar plataformas de este tipo por medio deBlogspot o WordPress por ejemplo, de forma gratuita e incluso existe la posibilidad de tener una web a precios muy asequibles, no es tan simple cumplir con las innumerables obligaciones legales que implica el hecho de exponernos públicamente en Internet. Vamos por partes, respecto a los negocios on-line. Si quisiéramos abrir un negocio en el plano físico y no virtual, ¿a qué somos conscientes que deberíamos cumplir con todos los requisitos legales establecidos? Licencias de apertura, de obras, prevención de riesgos laborales, etc., pues de la misma manera, sí en el ámbito virtual pretendemos explotar una actividad empresarial debemos cumplir con las normativas como la de consumidores y usuarios, protección de datos personales, LSSI o ley de internet, publicidad, etc. Puesto que existe ánimo de lucro al intentar vender por medio de Intenet nuestros productos o servicios, aunque sólo sea de forma informativa y no realizando comercio electrónico con plataformas de pago on-line.

Respecto a la Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), nuestra entidad seguro que recibe o puede recibir algún tipo de dato personal de usuarios, consumidores, clientes, proveedores o empleados por medio del website, pues ello implica la obligación de adecuar nuestra página a dicha normativa. No sirve con un simple copiar y pegar de otra web, si no adaptamos la entidad a la LOPD, será papel mojado ese aviso de privacidad que hemos colgado. Al fin y al cabo, la web tiene como objetivo servirnos como mecanismo para ampliar nuestro mercado. Debemos analizar sí recibimos correos electrónicos, nos remiten datos por medio del formulario de contacto, sí al realizar una compra nos facilitan datos bancarios, direcciones postales, etc. De hecho, todas las entidades deben adaptarse a esta normativa puesto que sin disponer de datos personales de terceros, no podemos interactuar con nadie y explotar nuestro negocio.

Por su parte, los bloggers que tan sólo pretenden difundir su mensaje,  deben analizar si les afecta alguna normativa. Deberían hacer un ejercicio de responsabilidad y formularse una serie de cuestiones:

En primer lugar,  determinar sí reciben datos personales de sus seguidores como e-mails; nombres y apellidos de éstos, números de DNI o teléfono;  sí en los comentarios de los seguidores se puede contemplar públicamente algún dato personal, o sí disponen de un formulario de contacto; sí recopilan cuentas de correo para concursos en el blog, etc…En caso que concurra algún supuesto de este tipo en su blog, deberían adaptarse a la famosa LOPD.

Asimismo, en segundo lugar, deben preguntarse si en su blog publicitan algún tipo de productos o servicio propio, aunque sea de forma accesoria, si es así, entraría en juego la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI). Es decir, sólo con el hecho de informar de unos gorros que hemos elaborado para el invierno en nuestro blog y que indicamos que están a la venta enviándonos un correo electrónico al propietario del blog, ya le aplicaría la LSSI. O en su caso, si publicitamos servicios o productos de un tercero y nos reporta unos ingresos, aunque sean ínfimos la LSSI también entraría en juego. Por ejemplo sí por medio de Google Adsense cobramos 16€ al mes gracias a la publicidad que permitimos colocar en nuestro blog .

No entramos a analizar la aplicación a nuestro blog o web del resto de normativas como son la de publicidad, consumidores y usuarios, fiscal, propiedad intelectual o marcas que ya abordaremos en otros post.

En definitiva, como agente de la era digital en la que nos encontramos, tú como propietario de un blog o de una web, debes respetar los derechos de los usuarios de tu sitio virtual de la misma forma que harías si tuvieras un local en plena calle de tu barrio. La Ley puede ser farragosa y limitar la libertad de la red, pero tampoco debemos permitir que se convierta en algo parecido al «far west»…