La cultura en materia de protección de datos personales

cultura_juridica

Por Aristeo García González

Tal parece que hoy en día estamos asistiendo a un ciberutopismo virtual[1], dado que compartimos demasiado en la red (oversharing) ignorando en ocasiones, los riesgos que de ello pueden derivarse. Razón por la cual resulta necesario establecer una cultura en materia de protección de datos.

Es por ello que, en un primer momento debemos preguntarnos: ¿qué entendemos por cultura en materia de protección de datos personales?

Esto es, “el conjunto de conocimientos, opiniones, prácticas o conductas que una persona tiene sobre el tratamiento y la protección de su información personal (datos personales)”.

De lo anterior se desprende que, una cultura en materia de protección de  datos personales (información personal), debe atender a una doble perspectiva: jurídico (conocimientos) y social (opiniones, prácticas o conductas).

En relación al enfoque jurídico, se trata de tener una visión acerca de un sistema jurídico, ya sea en su conjunto o en relación con sectores o aspectos particulares del mismo. En materia de protección de datos, no basta con sólo enseñar a la población, incluso, a los interesados en el tema, la existencia de un marco normativo, se trata también de mostrarles los componentes principales y su contenido.

Esto es, en materia de protección de datos personales, su reconocimiento como prerrogativa fundamental, la titularidad de los mismos, el responsable de su tratamiento y la tutela que ofrecen las autoridades en la materia reviste importancia. Por tanto, la enseñanza del derecho a la protección de los datos personales, no debe limitarse sólo a ello, sino que además debe abarcar su contenido esencial, su vinculación con los principios y valores recogidos en los textos constitucionales, así como su relación con otros derechos.

Dicho en otras palabras, el enfoque que se viene estudiando, tiene que proyectarse en la forma en cómo se debe entender y enseñar la cultura jurídica en materia de protección de datos, es decir, su pasado, presente y futuro.

Por otro lado, en relación al enfoque social, éste permitirá no sólo conocer el camino por el cual ha transitado la protección de los datos personales en el ámbito jurídico, el cual sin duda, ha sido originado a consecuencia del fenómeno tecnológico, sino que además, nos permitirá conocer esta nueva etapa de la humanidad, es decir, la nueva vida social influenciada por el creciente uso y desarrollo de la tecnología.

Por tanto, la perspectiva social de la cultura en materia de protección de datos en el presente se encuentra regida por las opiniones, prácticas o conductas. Lo anterior, se hace evidente cuándo expresamos en las redes sociales e internet lo que pensamos, sentimos y hacemos en nuestra vida cotidiana. Lo cual, en el pasado, sólo era conocida por nosotros mismos o por un grupo muy reducido de personas. Sin embargo, ahora la realidad es distinta, esto, como consecuencia de la incesante innovación científica y tecnológica, lo cual está significando un cambio que no sólo está afectando nuestras vidas[2], sino también, nuestra propia privacidad.

Por ello y, desde una perspectiva sociológica de la conducta social y afectos de poder entender este nuevo entorno de comunicación y expresión, es preciso decir que, los individuos actúan siguiendo determinadas patrones de conductas transmitidas socialmente, tal como está aconteciendo con los migrantes digitales[3].

En este nuevo entorno digital el individuo para ser aceptado dentro de un nuevo grupo social, tiene que irse adaptando a las nuevas prácticas sociales que se han ido estableciendo[4]. Toda vez que vivimos en una revolución a la cual se denominado como “Internet  social”, en virtud de que se trata de un medio a través del cual podemos no sólo obtener información, ahora se ha ido adaptando a las nuevas realidades, su uso permite la recopilación, el tratamiento y la transmisión de una gran cantidad de información, incluso, referente a nuestra propia persona, toda vez que, en cada conexión que realizamos vamos dejando rastros que pueden ser captados por numerosos actores. Las redes sociales no son la excepción, a través de ellas también se puede obtener –nuestra– información valiosa concerniente a nuestra propia persona[5].

Sin duda, la realidad a la que se enfrenta hoy la comunidad social es aquella qué tiene que ver con el uso y la implementación de la tecnología y la informática, la cual se está convirtiendo en un estilo de vida que ya no sólo es propio de los Estados y las empresas, sino que, incluso, lo está siendo para las personas.

Por ende, resulta preciso que, los gobiernos adopten posturas a favor de la protección de los derechos de los ciudadanos, a fin de que pueda hacerse frente a la evolución tecnológica. Particularmente, por aquellos órganos o instituciones encargados de tutelar la protección de los datos personales.

De ahí que, una cultura en materia de protección de datos debe atender básicamente a situaciones muy precisa, tales como, potenciar la educación y cultura en la ciudadanía acerca de la importancia de proteger su privacidad en Internet y las redes sociales, así como el uso y alcance de la tecnología; proporcionar una mayor información transparente y adecuada por parte de los prestadores de servicios a la ciudadanía; el establecimiento de medidas protectoras de la privacidad y la atribución de mayores responsabilidades a los proveedores de servicios; así como la enseñanza y el desarrollo de un marco normativo que éste acorde a los tiempos.


[1] “Fe ciega en la red”. vid. Morozov, Evgeny, El desengaño de internet. los mitos de la libertad en la red, Barcelona, Ediciones Destino, 2012, p. 18.

[2] cfr. Rodotà, Stefano, La vida y las reglas, entre el derecho y el no derecho, Madrid, Trotta, 2010.

[3] Los “nativos digitales” son todas aquellas personas nacidas desde mediados de los años noventa. Mientras tanto los “inmigrantes digitales” son el resto de los mortales que nacieron antes que los nativos digitales y que han tenido que irse adaptando a este nuevo entorno digital. Cfr. Small, Gary y Vorgan, Gigi, El cerebro digital. Cómo las nuevas tecnologías están cambiando nuestra mente, Barcelona, Ediciones Urano, 2009, pp. 25. 40.

[4] Vid. Oltra Salgado, Christian, La sociedad al desnudo, España, Editorial círculo rojo, 2011, p. 24

[5] Vid. García González, Aristeo, “La privacidad y los datos personales en la red”, Observatorio Iberoamericano de Protección de Datos, 19 de marzo de 2013, en la página web: http://oiprodat.com/