El acceso a la información y Habeas Data en Ecuador

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Por Luis Centeno Guerrero

En la Sección Cuarta, artículo 91 de la Constitución de la República del Ecuador y en el artículo 92 ib idem, constan la acción de acceso a la información pública y la acción de habeas data respectivamente.

Entre el ciudadano común en este país suele existir confusión; en el primer caso tiene por objeto garantizar el acceso a la información, cuando ha sido denegada expresa o tácitamente o cuando la proporcionada ha sido incompleta o no fidedigna (pero información de políticas públicas, resoluciones que pueda afectar o favorecer al interesado, no datos personales de terceros).

En el segundo caso toda persona tendrá derecho a conocer de la existencia y acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales o informes sobre sí misma o sobre sus bienes consten en entidades públicas o privadas en soporte material o electrónico.

Pero en la República del Ecuador usted va a una estación de servicio en busca de gasolina para su coche, el despachador pregunta si quiere factura como consumidor final o con su nombre, si su respuesta es con el nombre entonces le pide su número de identificación como ciudadano y el llega a conocer por el sistema informático sus apellidos, sus nombres, fecha y lugar de nacimiento, lugar donde vive, etcétera es decir fácilmente y en un solo clip ha violado sus datos más íntimos inclusive cuentas bancarias, números de tarjetas de crédito, lo mismo ocurre en supermercados y en todo comercio en el Ecuador, los datos del registro civil son de fácil acceso, lo que puede ser fácilmente utilizado por bandas de delincuentes.

La invasión a la privacidad y sus datos también se está dando en las redes sociales por eso hay que tener mucho cuidado con la información que nosotros mismo proporcionamos y no ser más tarde víctimas de cyber piratas. Leída un buen artículo de nuestro director hace unos días el jurista español don Daniel A. López Carballo, sobre protección de datos y me pareció magnífico y la recomendación de él que en todos los países exista la verdadera protección de datos.