Consideraciones sobre el voto electrónico y protección de datos

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Por Romina Florencia Cabrera

En las sociedades democráticas concebidas a partir de la división de poderes, el sufragio es el elemento fundamental de las mismas, en donde reposa la soberanía popular. Es un derecho subjetivo de naturaleza política que consiste en el derecho que tiene los ciudadanos  de elegir, de ser elegidos, y participar en la organización y actividad del poder en el Estado.  El voto, a diferencia, es  concebido como acto político.

Con la Incorporación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación a los procesos electorales, solo podría lograr mayor celeridad en el acto  electoral  y en  el  escrutinio; transparencia en el llamado Gobierno Abierto y Electrónico (la E-Democracy), y sobre todo más interés en la población a participar de la vida política de la sociedad republicana. Esto constituye la implementación del llamado Voto electrónico o e-voto.

Los problemas que pueden aparecer, además del siempre infaltable fraude electoral concebido en la manera clásica, son en cuanto a seguridad informática, auditoría del sistema por parte de la ciudadanía y no alteración del resultado.  La revelación del código fuente implementado en las máquinas de voto electrónico; la prevención de ciberdelitos y toda clase de alteraciones en la votación, así como el carácter secreto del voto y la protección de datos personales, pueden desvirtuar este sueño tecnológico-democrático, si  no se cumplen las normas mínimas de seguridad informática.

En el año 2011 tuve el gusto de coordinar una Conferencia sobre la Implementación del Voto Electrónico, en el Colegio de Abogados de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, Argentina, realizado por los Institutos de Derecho Político y Derecho Informático del cual era miembro. Fue una gran experiencia personal y profesional, ya que disertaron colegas prestigiosos sosteniendo posturas encontradas, y los presentes gozamos de la oportunidad de probar una máquina de voto electrónico, en donde se ingresaba una tarjeta de habilitación, se elegía el candidato virtualmente y el voto final queda plasmado en el sistema informático y en un papel que caía en un urna (concepción clásica); la conclusión de este sistema es que preveía un doble escrutinio.

La ley Sáenz Peña prevé el voto universal, secreto y obligatorio en nuestro país. El problema de la Protección de Datos Personales y la auditoría del voto son fundamentales. El software libre de código fuente abierto, verificable por terceros, solucionaría en parte esta problemática; no solo por la trasparencia de la información, sino por el hecho de que las empresas proveedoras de los tecnología no verían peligrar sus negocios en caso de exponer al público dicho código.

Si nos referimos al afán por la Democracia y la Ley Fundamental por parte de los europeos, llamado “Sentimiento Constitucional”, creo que la accesibilidad del ciudadano al sufragio podría mejorar incorporando las Tecnologías de la Información y la Comunicación, pero implementando todos los sistemas de seguridad informática, incluso auditoría de terceros expertos en Altas Tecnologías, para lograr que es respeto por el sistema democrático no se alterado de ninguna manera, y que el voto electrónico sea un estado de evolución en los procesos electorales.

Fuentes: Elecciones 2011. Evaluación de la utilización del voto electrónico. Tema primordial para la próxima reforma electoral?”. Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata. La Plata, 8 de noviembre de 2011 y, Alberto Ricardo Dalla Via.