Cuando la reputación que se daña es la de un particular

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Por Marta Sánchez Valdeón

La reputación online no es un tema que preocupe sólo a las empresas. También los particulares puden verse afectados por suplantaciones, difamaciones o por el contenido que ellos mismos han subido a la Red. El derecho al olvido viene solucionar este problaema.

Al hilo de la reciente noticia sobre el despido de un trabajador de un hospital de Cartagena por suplantar a su jefe en Facebook, vamos a hablar esta vez de qué ocurre cuando el daño a la reputación lo sufre una persona, no una empresa.

Además de los métodos más comunes para dañar la imagen de una persona, como pueden ser las críticas en foros de opinión, últimamente se está poniendo “muy de moda” suplantar identidades virtuales; de hecho,  este fue el principal motivo de denuncias relacionadas con Internet ante la Agencia Española de Protección de datos el año pasado.

Lo que antes se limitaba a aparecer en alguna página de contactos, porque alguien facilitaba tus datos a desconocidos, hoy se ha reemplazado por la creación de perfiles falsos en redes sociales, comunicándose el suplantador con tus amigos y conocidos, con el único fin de dañar tu imagen.

En el mundo 2.0, este tipo de suplantación es fácil, accesible y gratuita, ya que no se puede requerir y comprobar la identidad de la persona que se da de alta en una red social. Sin embargo, los suplantadores no son conscientes de que están cometiendo un delito de suplantación de identidad, tipificado en el artículo 401 del Código Penal, por el cual se prevén penas de seis meses a tres años de cárcel.

A pesar de ello, las reacciones más comunes ante este tipo de delito no son las denuncias, sino las solicitudes de baja a través de las propias redes sociales y las denuncias ante la Agencia de Protección de Datos.

Las redes sociales ya están preparadas para este tipo de controversias y disponen de formularios para denunciar los hechos. No sólo se pueden denunciar suplantaciones, también puedes denunciar si consideras que existen contenidos inapropiados en un determinado perfil.

El derecho a borrar el pasado.

Pero no todo el perjuicio a la reputación pasa por la creación de un perfil falso. Comentarios, noticias reales pero desafortunadas, circunstancias ligadas a nuestra vida que no queremos descubrir… Son múltiples las informaciones que se pueden encontrar en la Red sobre una persona, sobre todo si en su pasado hay algún incidente.

El derecho al olvido es una nueva forma de poder eliminar todas esas informaciones, que incluso puedes haber vertido tú mismo. Se trata de ejercer el derecho a la cancelación de datos personales que la legislación vigente ya reconoce.

Es cierto que como usuarios nosotros somos los primeros responsables del contenido que subimos a las redes sociales. Sin embargo, bien hayas sido tú, bien hayan publicado datos lícitos y verdaderos sobre ti, esto no implica que tengan que permanecer eternamente en la Red.

El derecho al olvido nos abre nuevas posibilidades para borrar nuestra presencia digital, descontrolada a veces debido a las múltiples fronteras que traspasa, tanto territoriales como –sobre todo- temporales.