La Internet como Derecho Humano

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Por Romina Florencia Cabrera

En un mundo cada vez más interconectado y gobernado por la llamada sociedad de la información, la utilización de los medios virtuales de comunicación y de obtención, almacenamiento y distribución de datos electrónicos es casi una herramienta infaltable en nuestra vida no solo jurídica sino también cotidiana. Quien no se relaciona por las llamadas redes sociales, e-mail, foros de debate, mensajes de texto o llamadas al celular, tanto en materia laboral como afectiva?  Este cambio de paradigma ha llevado a repensar las relaciones entre los participantes del mundo globalizado. La constitución nacional otorga garantías (seguridades jurídicas) a todos los ciudadanos de la Nación, replanteadas en cuanto a la fusión de las cuestiones públicas y privadas en la era de la interconectividad, como ser la propiedad privada, la violación de la correspondencia (actualmente extendido al correo electrónico), habeas data (relacionado con las bases de datos digitales en diferentes organismos públicos, privados o páginas web), derechos intelectuales, etc.

El primer computador fue creado por los chinos, el ábaco. Después se perfecciono, hasta llegar al modelo que conocemos actualmente.

ARPANET Y EL NACIMIENTO DE INTERNET

Internet nace a comienzos de los años 60 como una nueva forma de comunicación entre las bases del ejército norteamericano, ante la fragilidad que significaba en esa época la comunicación telefónica, y frente a un posible conflicto militar.

Fue así como, en plena guerra fría entre los Estados Unidos y la Unión Soviética, las primeras computadoras de las bases militares norteamericanas se conectaron entre si, formando una red, ARPANET, a través de la cual era posible comunicarse sin tener que usar las líneas telefónicas convencionales.

Pocos tiempo después y al impulso de universidades norteamericanas, esa red Internet se integra con todos estos centros de estudios, y no pasa mucho tiempo más para que Internet, diríamos que se lance al mundo, para la conexión en un gran red de redes de computadoras que globalmente nos une y conecta a todos.

Nace así una nueva sociedad a la que denominamos Sociedad de la Información y el Conocimiento en la cual se facilita enormemente el acceso y la trasmisión de las informaciones y conocimientos. Internet revoluciona al mundo

Pero toda esta Internet nace apoyada firmemente sobre el principio de la libertad de expresión, que en Internet se traduce en una frase: libertad de los contenidos, o sea que en Internet todo se puede informar.

Este principio de la libertad de los contenidos en Internet, muchas veces se plasmo incluso en normas legales. En la Argentina, el principio del art. 14 de la Constitución Nacional referido a la prensa escrita y que consagra el derecho a publicar las ideas por la prensa sin censura previa, se traslada a Internet, primero mediante un decreto en los años 90 y luego en una ley del 2005, que establece que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.

Pasan algunas décadas y esa Internet estática primero, en donde el usuario se informaba pero no participaba activamente, se va convirtiendo en una Web dinámica, interactiva y luego participativa, donde los propios usuarios son sus constructores y son quienes suben y bajan informaciones a la red.

Aparecen así los servicios interactivos, los chat, las redes sociales, los blogs y últimamente la cloud computing, de la cual mucho se ha hablado.

Esa Internet con plena libertad de contenidos,  que funciono relativamente bien durante los primeros años, pero con el nuevo siglo poco a poco vemos ir apareciendo abusos a esa libertad en los contenidos de Internet, aparecen así en sitios de Internet los ataques a la privacidad e intimidad de las personas, los agravios e injurias propaladas a través de la red, la apología de los delitos, la discriminación, la incitación al odio y a la violencia, la comisión de delitos, algunos propios del nuevo sistema y otros delitos comunes pero que se comienzan a cometer ya no en el ámbito de la vida real, sino en el ámbito de la vida virtual de Internet.

Por otro lado el avance vertiginoso del sistema nos va envolviendo, y pese a la maravilla del acercamiento de conocimiento que nos otorga, nos va convirtiendo poco a poco en piezas de una gran máquina.

La seguridad comienza a ser un tema preocupante. El robo de información, el hackeo de sitios, y hasta el peligro de ataques cibernéticos. Todos estos elementos son desafíos  a los que nos debemos enfrentar, y si los superamos podremos construir un futuro cibernético más sólido y confiable para todos los miembros que conformamos la llamada “Sociedad de la Información”.

COMUNICACIÓN, LIBERTAD E INTERNET

Como toda tecnología, Internet es una creación cultural: refleja los principios y valores de sus inventores, que también fueron sus primeros usuarios y experimentadores. Es más, al ser una tecnología de comunicación interactiva con fuerte capacidad de retroacción, los usos de Internet se plasman en su desarrollo como red y en el tipo de aplicaciones tecnológicas que van surgiendo. Los valores libertarios de quienes crearon y desarrollaron Internet, a saber, los investigadores académicos informáticos, los hackers, las redes comunitarias contraculturales y los emprendedores de la nueva economía, determinaron una arquitectura abierta y de difícil control. Al mismo tiempo, cuando la sociedad se dio cuenta de la extraordinaria capacidad que representa Internet, los valores encarnados en la red se difundieron en el conjunto de la vida social, particularmente entre las jóvenes generaciones. Internet y libertad se hicieron para mucha gente sinónimos en todo el mundo.

Frente a tal transformación tecnológica y cultural, los detentores del poder de controlar la información a lo largo de la historia, es decir, los estados y las iglesias, reaccionaron con preocupación y, en los estados no democráticos, con hostilidad, tratando de restablecer el control administrativo de la expresión y la comunicación. Pero la ejecución del proyecto estatista sobre Internet se encuentra con obstáculos considerables. En los países democráticos, Internet se consolida como instrumento esencial de expresión, información y comunicación horizontal entre los ciudadanos y recibe la protección constitucional y judicial de las libertades. En todos los países, menos en las teocracias, la importancia económica y tecnológica de Internet excluye que se pueda ignorar o relegar su amplio uso en la sociedad. Más aún, la ideología del progreso mediante la tecnología hace de la promoción de Internet un valor legitimador para gobiernos que fundan su estrategia en el desarrollo económico dentro del marco de la globalización. De ahí el complicado encaje de bolillos político entre la libertad y el control por parte de los Estados.

Por su parte, los internautas suelen afirmar sus derechos individuales fuera de contexto, situándose como vanguardia tecnológicamente liberada de una sociedad informáticamente iletrada. Más aún, los emprendedores llegan a empresarios mediante la comercialización acelerada de Internet, un proceso en el que frecuentemente traicionan sus principios libertarios, por ejemplo, mediante el sacrificio de la privacidad de sus clientes o la colaboración técnica e informativa con los dispositivos de control y vigilancia de la Administración.

Los ciudadanos, en general, tienden a hacer un uso instrumental y poco ideológico de Internet: lo utilizan para lo que les sirve y consideran la libertad en Internet como un tema fundamental cuando hace tiempo que se han acostumbrado al control político y comercial de su principal fuente de información: la    televisión. Pero dicha actitud puede cambiar conforme vaya asentándose en la sociedad la primera generación que está creciendo con Internet. Conforme el uso de Internet vaya generalizando la información y el conocimiento sobre la importancia social decisiva del control sobre Internet, puede ser que la batalla por la libertad en la red, incluida la libertad económica de acceso a la red, desborde los confines de la actual elite  ilustrada.

DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos son atributos inherentes a todas las personas por su sola condición de ser humanos, su origen se remonta al surgimiento de la propia humanidad, y por lo tanto existen más allá del reconocimiento jurídico de los Estados. Inspirados en valores de dignidad, justicia, igualdad y libertad, implican obligaciones a de los Estados en favor de todas las personas.

El concepto de derechos humanos incluye derechos de diversa naturaleza, entre los cuales se ubican los civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Todos ellos gozan de la misma jerarquía e importancia. La Declaración Universal de los Derechos Humanos no establece jerarquías de derechos y considera como parte integrante del concepto de derechos humanos a los derechos económicos, sociales y culturales.

Los derechos civiles y políticos conforman la denominada «primera generación de derechos humanos», y los económicos, sociales y culturales integran la llamada «segunda generación». Dentro de la primera categoría se ubican los derechos a la vida, a la integridad, a la libertad, a la nacionalidad, al nombre, a la honra, a la propiedad, a las garantías judiciales, y a la igualdad, entre otros; en cambio, al interior de la «segunda generación» encontramos los derechos a la alimentación, a la salud, a la educación, a la cultura, al trabajo, a la seguridad social, a la huelga, a la libre asociación sindical y a la vivienda digna, por ejemplo.

La evolución del derecho de los derechos humanos permite hablar en la actualidad de derechos de tercera y hasta de cuarta generación, entre los que encontramos el derecho al desarrollo, al medio ambiente sano, a la paz y al respeto del patrimonio común de la humanidad.

La clasificación en generaciones es simplemente una división con fines pedagógicos y no significa que unos derechos sucedieron a otros ni que algunos son más importantes que otros porque que todos los derechos poseen igual jerarquía.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966 y en vigencia desde 1976, es el instrumento internacional que consagra estos derechos y establece también la creación del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el órgano encargado del seguimiento y control de las obligaciones asumidas por los Estados que al ratificarlo se comprometieron a garantizar el ejercicio de estos derechos sin discriminación de ningún tipo.

Más allá de la supervisión internacional del cumplimiento de cada gobierno, la formulación de políticas públicas y presupuestos nacionales debería efectuarse con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales como parámetro.

Para una efectiva vigencia de todos los derechos deben existir distintos mecanismos de promoción, prevención y protección dentro de cada país por parte de los estados a fin de garantizar el efectivo goce de los derechos humanos a cada persona sometida a su jurisdicción.

REFLEXIONES FINALES

Deben existir políticas y programas necesarios para hacer posible el goce efectivo de tales derechos; la sola existencia de una legislación pertinente no basta.  .El ecosoc  ha votado últimamente por fallo casi unánime que la internet es considerada un derecho humano; la conectividad eficiente y eficaz y el derecho a navegar libremente y con una banda ancha adecuada ha sido tratado en diferentes países, como en Francia, donde es casi una garantía constitucional, y en EEUU, próximamente a ser considerada en igual manera.  Las obligaciones de los países que suscriben en pacto de los Derechos económicos, sociales y culturales deben ser respetadas y cumplidas. El intercambio de información entre los estados es fundamental para comprender de manera más efectiva las dificultades comunes y mejorar las estrategias, buscando soluciones a los conflictos, mediante la cooperación internacional. De esta manera se debe realizar un examen público de las políticas públicas  entre los estados que suscriben en pacto, y considerar a los DDHH no de manera activista, sino como estrategias de dichas políticas. De esta manera se evalúa el progreso de cada país. Como ejemplo en el Mercosur, Brasil suscribió todos los tratados de ddhh; Argentina los incorpora en el Art. 75 inciso 22, de la Constitución Nacional, con jerarquía constitucional, superior a las leyes, mientras no la menoscabe.  En Colombia un grupo de una comunidad indígena (los llamados pueblos originarios), ha reivindicado sus derechos de partencia  étnica y respeto de los mismos a través de la internet.

Internet Society celebra la adopción de la Resolución sobre Derechos Humanos y de Internet en el 20 Consejo de Derechos Humanos, el 9 de julio del corriente año, en Ginebra, Suiza, estableciendo la promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet. La Sociedad de Internet da la bienvenida a la resolución de las Naciones Unidas, proveniente del  Consejo de Derechos Humanos. En el la resolución se afirma que los mismos derechos que tienen las personas en línea también deben estar protegidos en línea, y reconoce la Internet global y abierta como una fuerza impulsora para el desarrollo. También hace un llamamiento a todos los Estados a promover y facilitar el acceso a Internet. La resolución fue presentada por Suecia y aprobada por consenso. El Consejo de Derechos Humanos tiene un papel importante que desempeñar para asegurar que sus Estados miembros permitan a sus ciudadanos el ejercicio de sus derechos más básicos, incluida la libertad de expresarse o de asociarse pacíficamente en línea. En los últimos años, el momento ha estado construyendo en el Consejo para la inclusión de Internet como un espacio legítimo para tener en cuenta para el ejercicio de varios derechos humanos. El informe del Relator Especial sobre la promoción y la protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión ha dejado en claro que negar el acceso a la Internet puede ser una violación de un derecho humano fundamental.

La Sociedad de Internet dedicado a las sesiones de redacción que llevan a la adopción de esta nueva resolución, y sugirió la inclusión de la noción de la internet abierta. «La inclusión de la naturaleza abierta y global de Internet en este oficial de resolución de la ONU es un reconocimiento de algunos de los principales atributos que hacen de Internet con éxito», dijo Lynn St. Amour, Presidente y Consejero Delegado de la Sociedad de Internet. «Creemos firmemente que el modelo abierto de Internet está orgánicamente ligado al ejercicio de los Derechos Humanos en línea. Gracias a sus características fundamentales, la Internet ha dado un gran impulso a la libertad de expresión y de reunión pacífica en todo el mundo. Estas características deben ser preservados”.

Creo que conociendo los contenidos de nuestra carta magna y accediendo a ella virtualmente (mediante internet y el formato digital), puede llegar a despertar el interés y el conocimiento de más miembros de nuestra ciudadanía,  y actuar como agentes multiplicadores del respeto a las normas jurídicas; a comprender mejor los derechos y obligaciones de los miembros de una sociedad de la información democrática. Internet debe estar al alcance de todos los ciudadanos, pudiendo los mismos gozar de los contenidos de manera igual y no restrictiva, garantizando la libertad de expresión en la web y el derecho a la información, con una capacitación eficiente a la ciudadanía (y obviamente  a los agentes estatales), y resguardando el derecho a la intimidad y a la propiedad intelectual.

Creo que de esta manera se podría gozar del libre albedrio en la era de la interconectividad, respetando los pilares básicos de la definición de libertad, de Inmauel Kant,  que implica límites: la libertad, es la capacidad de los seres racionales para determinarse a obrar según leyes de otra índole que las naturales, esto es, según leyes que son dadas por su propia razón; libertad equivale a autonomía de la voluntad.

FUENTES

Conferencia final del XV Congreso de FIADI. Dr. Horacio Fernandez Delpech.

http://www.hfernandezdelpech.com.ar/CONFERENCIA%20FINAL%20XV%20CONGRESO%20FIADI.pdf

Entrevista al Prof. Antonio A. Martino en el sitio www.legislarbien.com.ar

19/7/2006. Gobierno Electrónico y Democracia Digital.

Castells, Manuel “Internet, libertad y sociedad: una perspectiva analítica.

http://www.uoc.edu/web/esp/launiversidad/inaugural01/intro_conc.html

Salvioli, Fabián: Curso On Line sobre el Sistema de Protección de los Derechos Humanos en la Organización de las Naciones Unidas; Ed. Instituto Interamericano de Derechos Humanos, San José de Costa Rica, 2003 www.iidh.ed.cr/CursosIIDH

Internet Society.